Nacionalidad española por residencia: el expediente, paso a paso
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- Años y exámenes
- Documentos
- Apostilla y traducción
- Solicitud electrónica
- Después de presentar
- Jura e inscripción
- Reloj del expediente
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El Pack Expediente: su expediente en un solo espacio
Sus documentos con sus fechas, el orden para pedirlos, todos los plazos en un único archivo de calendario, dos escritos ya redactados y veinticinco comprobaciones antes de presentar. Se basa en las mismas reglas de esta página, cada una con su fuente, organizadas para su propio expediente.
- Un seguimiento de cada documento, con una comprobación de si seguirá valiendo el día que presente
- El orden para pedir cada documento, con las fechas que ya se pueden calcular
- Un archivo de calendario con todas las fechas que complete, y avisos
- Dos escritos ya redactados: pedir el estado de su expediente y responder a un requerimiento, con el último día para contestar
- Veinticinco comprobaciones antes de presentar y nueve preguntas para hacer antes de pagar a un abogado
- En español, inglés, francés y árabe. Lo que escriba se queda en su navegador.
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Usted presenta su expediente en la sede del Ministerio; el Pack Expediente muestra cada documento y cada paso, con la fuente oficial al lado.
1. Años de residencia y los dos exámenes
La regla general es de diez años de residencia. Bastan cinco para quienes hayan obtenido la condición de refugiado. Bastan dos para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y para los sefardíes. El mismo artículo enumera casos de un solo año; léalo en la página del BOE antes de dar por hecho que es su caso. En todos los casos la residencia ha de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Código Civil, art. 22.1Texto oficial
Para la concesión de la nacionalidad por residencia se requiere que ésta haya durado diez años.
Código Civil, art. 22.1Texto oficial
Serán suficientes cinco años para los que hayan obtenido la condición de refugiado y dos años cuando se trate de nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes.
Código Civil, art. 22.2Texto oficial
Bastará el tiempo de residencia de un año para:
Código Civil, art. 22.3Texto oficial
En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Hay que superar dos exámenes: el DELE (como mínimo nivel A2) y el CCSE. Ambos los diseña y administra el Instituto Cervantes. La Orden dice que son presenciales; el Real Decreto añade que también pueden administrarse a distancia en los supuestos que determine el Instituto. Los cursos no son obligatorios. Orden JUS/1625/2016, art. 10.1Texto oficial
el diploma de español como lengua extranjera (DELE) como mínimo de nivel A2, y la prueba que acredite los conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE).
Orden JUS/1625/2016, art. 10.1Texto oficial
Ambas pruebas serán presenciales, diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes.
Real Decreto 1004/2015, art. 6.2Texto oficial
Las pruebas serán presenciales, si bien podrán ser también administradas a distancia utilizando medios electrónicos que permitan comprobar la identidad de los interesados y el correcto desarrollo de las pruebas
Orden JUS/1625/2016, art. 10.1Texto oficial
Los cursos formativos no serán obligatorios en ningún caso para quien desee examinarse de las pruebas DELE y CCSE.
Años y exámenes según su nacionalidad: el comprobador
Quedan dispensados del examen DELE quienes ya tengan un diploma DELE de nivel A2 como mínimo y los nacionales de los veinte países marcados en la tabla de más abajo. El texto dispensa solo del DELE. Real Decreto 1004/2015, art. 6.5Texto oficial
Estarán dispensados de la prueba de examen DELE los interesados que hayan obtenido con anterioridad un diploma de español como lengua extranjera (DELE) como mínimo del nivel A2, así como los nacionales de:
Dos nacionalidades. Para usar la dispensa del DELE cuando la nacionalidad exenta no es la principal, el Ministerio pide que aporte además un pasaporte en vigor o un certificado consular. Orden JUS/1625/2016, art. 10.2Texto oficial
Para beneficiarse de esta exención, en el caso de no ser una de estas nacionalidades la principal, con la que se está identificado ante el Ministerio del Interior,
Orden JUS/1625/2016, art. 10.2Texto oficial
se deberá aportar además pasaporte en vigor del país o certificado consular de reconocimiento de la nacionalidad que no sea principal.
El certificado del CCSE caduca. Tiene una validez de 4 años desde la fecha del certificado, así que un resultado antiguo puede haber dejado de servir cuando presente la solicitud. Orden JUS/1625/2016, art. 10.4Texto oficial
La vigencia del certificado CCSE de haber superado esta prueba será de 4 años a contar desde la fecha del certificado.
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2. Documentos de la persona solicitante adulta
La carga de la prueba es suya: debe acreditar que cumple los requisitos de residencia, buena conducta e integración. Orden JUS/1625/2016, art. 7.2Texto oficial
corresponde al interesado probar el cumplimiento de los requisitos de residencia, buena conducta e integración en la sociedad española
- Solicitud. En la sede electrónica, el formulario en línea sustituye al modelo en papel.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
Modelo de solicitud normalizado. En caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line.
- Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado y traducido cuando proceda.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso, conforme los Convenios Internacionales.
- Pasaporte. Completo, en vigor y que coincida con el país de origen que figura en la tarjeta de residencia.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
Pasaporte completo y en vigor del país de origen. Debe coincidir con el del país de origen que conste en la tarjeta de residencia.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, legalizado y traducido. Puede sustituirlo el certificado consular de conducta.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
Certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado y traducido conforme a los Convenios Internacionales.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
Este documento podrá ser sustituido por el Certificado Consular de Conducta, conforme a lo establecido por el Ministerio de Asuntos Exteriores, debidamente traducido y legalizado.
- Justificante del pago de la tasa.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
Justificante del pago de la tasa.
- Certificado de matrimonio si está casado o casada.
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
En el caso de personas casadas certificado de matrimonio del país de celebración, debidamente traducido y legalizado en su caso.
Validez de sus documentos. Todos los documentos deben estar en vigor cuando presente la solicitud. En los certificados cuenta el plazo de vigencia que figure en el propio certificado. Un certificado de antecedentes penales que no indique plazo se entiende vigente durante seis meses desde su expedición. Orden JUS/1625/2016, anexo, 4. Validez de los documentosTexto oficial
Todos los documentos deberán estar en vigor en el momento de la solicitud.
Orden JUS/1625/2016, anexo, 4. Validez de los documentosTexto oficial
Para determinar la validez en el caso de los certificados se atenderá al plazo de vigencia que conste en el propio documento.
Orden JUS/1625/2016, anexo, 4. Validez de los documentosTexto oficial
En el caso de certificados de antecedentes penales en los que no conste plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de seis meses a contar desde su expedición.
De dónde procede su certificado de antecedentes penales. Como regla general debe emitirlo el organismo competente de su país de origen. En casos justificados en que su país de origen no pueda expedirlo por razones de fuerza mayor relativas a ese país, debe aportar un certificado por cada país donde haya residido en los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud. En los Estados federales (la orden cita Alemania, Argentina, Australia, Brasil, Estados Unidos, India, México, Rusia y Venezuela) el certificado debe ser de todo el país y no de un solo Estado federado; si no se expide un certificado único, se adjuntan los de los Estados federados donde haya residido durante los cinco años anteriores a la solicitud. Orden JUS/1625/2016, anexo, 5Texto oficial
El certificado de antecedentes penales debe ser emitido, como regla general, por el organismo competente del país de origen.
Orden JUS/1625/2016, anexo, 5Texto oficial
En casos justificados de imposibilidad de aportación del certificado por dicho país por razones de fuerza mayor relativas a dicho país de origen,
Orden JUS/1625/2016, anexo, 5Texto oficial
deberá aportarse un certificado por cada país donde el interesado haya tenido residencia en los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.
Orden JUS/1625/2016, anexo, 5Texto oficial
En los llamados Estados Federales (Alemania, Argentina, Australia, Brasil, Estados Unidos, India, México, Rusia y Venezuela) es necesario que el certificado de antecedentes penales sea de todo el país, no solo de un Estado federado concreto
Orden JUS/1625/2016, anexo, 5Texto oficial
en el caso de que no se expida un certificado único para todo el Estado Federal,
Orden JUS/1625/2016, anexo, 5Texto oficial
deberán adjuntarse los certificados correspondientes a los Estados Federados en los que el peticionario haya residido durante los cinco años anteriores a la fecha de la solicitud.
Certificado de nacimiento imposible de conseguir. Si una causa de fuerza mayor en su país de origen lo impide, el anexo indica que debe pedir al Registro Civil, antes de presentar la solicitud, una diligencia con los datos de su nacimiento y filiación. Hágalo antes de presentar la solicitud, siempre que sea posible. Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
En casos justificados de imposibilidad de aportación de dicho certificado por razones de fuerza mayor relativas a dicho país de origen
Orden JUS/1625/2016, anexo 1.aTexto oficial
deberá solicitarse al Encargado del Registro Civil, con carácter previo a la presentación de la solicitud de concesión de nacionalidad por residencia y siempre que sea posible, diligencia donde consten los datos de nacimiento y filiación del promotor
Las casillas de consentimiento. El Ministerio puede consultar por sí mismo sus antecedentes penales en España, el resultado de sus exámenes y su empadronamiento, pero solo si lo autoriza en la solicitud. Si no lo autoriza, tiene que aportar usted esos certificados. Orden JUS/1625/2016, art. 7.2Texto oficial
Consulta de los antecedentes penales del Registro Central de Penados cuando el interesado sea mayor de 18 años y siempre y cuando conste en la solicitud la autorización expresa para la consulta firmada por el promotor.
Orden JUS/1625/2016, art. 7.2Texto oficial
En caso de que el promotor no consienta la consulta, deberá aportar en la solicitud el certificado del Registro Central de Penados.
Orden JUS/1625/2016, art. 7.2Texto oficial
Consulta del resultado obtenido en las pruebas DELE y CCSE del Instituto Cervantes siempre y cuando conste en la solicitud la autorización expresa para la consulta firmada por el solicitante.
Orden JUS/1625/2016, art. 7.2Texto oficial
Solicitud de los datos del empadronamiento al Instituto Nacional de Estadística, siempre que en la solicitud conste la autorización expresa para esta consulta.
Orden JUS/1625/2016, art. 7.2Texto oficial
En caso de que el interesado no consienta la consulta, deberá aportar en la solicitud el certificado de empadronamiento.
3. Apostilla, legalización y traducción
El Ministerio califica la legalización de los documentos extranjeros como un requisito esencial para aceptarlos. Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertenciaTexto oficial
La legalización de los documentos extranjeros aportados a la solicitud de nacionalidad española por residencia constituye un requisito esencial para la aceptación de dicha documentación
- Emitido en un Estado miembro de la UE. Los documentos públicos emitidos por un Estado miembro están exentos de legalización y de apostilla cuando se presentan en otro.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertencia, punto 1Texto oficial
documentos públicos expedidos por las autoridades de un Estado Miembro que están exentos de toda forma de legalización y trámite similar (apostilla) cuando son presentados a las autoridades de otro Estado Miembro de la Unión Europea.
- Países del Convenio de La Haya. La apostilla sustituye al trámite largo: un solo sello y firma en el documento.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertencia, punto 2Texto oficial
El Convenio de La Haya es un trámite que simplifica la legalización de documentos públicos. Consiste en la estampación de un solo sello y firma en el documento.
- Otros países. El Ministerio cita también los convenios de Atenas, Viena y Londres y los canjes de notas con la URSS como otras exenciones. En el resto de los casos hay que legalizar por vía diplomática.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertencia, punto 1Texto oficial
Convenios de Atenas, de Viena, de Londres y canjes de notas con URSS.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertenciaTexto oficial
En el resto de los casos, existe OBLIGACIÓN DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS por vía diplomática
- Vía diplomática, en el extranjero. Primero el Ministerio de Asuntos Exteriores del país que emite el documento y después el consulado de España en ese país. El trámite consular está sujeto a tasa.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertenciaTexto oficial
la legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país extranjero emisor del documento, y seguidamente, es necesaria la legalización por la Oficina Consular de España en tal país. Este último trámite conlleva el pago de una tasa.
- Vía diplomática, en España. El Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, que es siempre gratuito.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertenciaTexto oficial
Servicio de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La legalización en dicho Servicio es siempre gratuita.
- Traducción. Se hace o se coteja en los consulados de España en el extranjero o en el consulado del país del documento en España, y después se legaliza. La otra opción es un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertenciaTexto oficial
ha de realizarse o cotejarse en las Oficinas Consulares de España en el extranjero o en las del país de origen del documento en España y posteriormente deben legalizarse
Advertencia legalización y apostilla (Ministerio de Justicia), advertenciaTexto oficial
Existe la posibilidad de que la traducción o cotejo de esta la lleve a cabo un intérprete-traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores
| Busque su país | Dispensa del DELE A2 | Apostilla (Convenio de La Haya) |
|---|---|---|
| Argelia Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 9 de julio de 2026 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Argentina Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 18 de febrero de 1988 |
| Bangladés Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 30 de marzo de 2025 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Bolivia Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 7 de mayo de 2018 |
| Brasil Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 14 de agosto de 2016 |
| Chile Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 30 de agosto de 2016 |
| China Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 7 de noviembre de 2023 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Colombia Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 30 de enero de 2001 |
| Costa Rica Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 14 de diciembre de 2011 |
| Cuba Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | No figura en la lista de La Haya: legalización diplomática u otro convenio |
| República Dominicana Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 30 de agosto de 2009 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Ecuador Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 2 de abril de 2005 |
| Egipto Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | No figura en la lista de La Haya: legalización diplomática u otro convenio |
| El Salvador Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 31 de mayo de 1996 |
| Gambia Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | No figura en la lista de La Haya: legalización diplomática u otro convenio |
| Guatemala Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 18 de septiembre de 2017 |
| Honduras Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 30 de septiembre de 2004 |
| India Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 14 de julio de 2005 *. España se opuso en 2005 y retiró su objeción en 2008; el Convenio se aplica entre España e India desde el 12 de febrero de 2008. |
| Malí Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | No figura en la lista de La Haya: legalización diplomática u otro convenio |
| México Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 14 de agosto de 1995 |
| Marruecos Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 14 de agosto de 2016 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Nicaragua Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 14 de mayo de 2013 |
| Nigeria Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | No figura en la lista de La Haya: legalización diplomática u otro convenio |
| Pakistán Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 9 de marzo de 2023 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Panamá Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 4 de agosto de 1991 |
| Paraguay Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 30 de agosto de 2014 |
| Perú Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 30 de septiembre de 2010 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Filipinas Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 14 de mayo de 2019 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Rusia Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 31 de mayo de 1992 |
| Senegal Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 23 de marzo de 2023 *. La HCCH no registra ninguna objeción de España. |
| Ucrania Antecedentes penales | No figura en la lista de dispensa | Estado parte desde el 22 de diciembre de 2003 |
| Uruguay Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 14 de octubre de 2012 |
| Venezuela Antecedentes penales | Figura entre los países dispensados del DELE | Estado parte desde el 16 de marzo de 1999 |
* Marcado «A**: Objection» por la HCCH: al menos un Estado se opuso a la adhesión de este país. Según el artículo 12, el Convenio no se aplica entre un Estado que se opone y el Estado adherente. HCCH, Convenio de la Apostilla, artículo 12Texto oficial
Such accession shall have effect only as regards the relations between the acceding State and those Contracting States which have not raised an objection to its accession in the six months after the receipt of the notification
Tabla de estado de La Haya, última actualización 30 de junio de 2026. Lista DELE: RD 1004/2015, art. 6.5. Un país que no está en esta tabla puede tener otro convenio con España; pregunte al Ministerio o al consulado. HCCH, India: objecionesTexto oficial
In accordance with Article 12, paragraph 2, of the Convention, Spain hereby declares that the Convention shall not enter into force between the Republic of India and the Kingdom of Spain.
HCCH, India: objecionesTexto oficial
On 12 February 2008, Spain has withdrawn the objection in accordance with article 12, paragraph 2, of the Convention. Therefore, the Convention has entered into force between Spain and India on 12 February 2008.
4. La solicitud electrónica
La solicitud es electrónica, se presenta en la sede electrónica del Ministerio de Justicia y requiere su firma electrónica. Orden JUS/1625/2016, art. 2.4Texto oficial
un justificante de presentación con la fecha y hora de la solicitud y un número de expediente que le permitirá consultar el estado de tramitación en cualquier momento a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia
- Instale primero AutoFirma en su ordenador. El Ministerio dice que debe tenerlo instalado y que con él podrá completar el trámite. La solicitud requiere además su identificación y firma electrónica.
sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
Necesita tener instalado en su equipo la aplicación AutoFirma.
sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
Con AutoFirma podrá completar el Trámite de forma exitosa.
Orden JUS/1625/2016, art. 2.1Texto oficial
La presentación de la solicitud en sede electrónica requerirá la identificación y firma electrónica del interesado o de su representante legal o voluntario.
- Empiece el formulario y adjunte los documentos digitalizados. Tiene dos meses desde la fecha de creación para firmar y presentar la solicitud; pasado ese plazo se borra de forma automática.
sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
Durante la solicitud deberá aportar diversa documentación que debe digitalizar y adjuntar.
sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
Dispone de dos meses desde la fecha de creación para completar su solicitud, si pasado ese plazo no ha firmado y presentado su solicitud, se borrará de manera automática.
- Pague la tasa. La página del Ministerio indica 104,05 euros y advierte de que el importe puede revisarse. Para pagar presencialmente en un banco hace falta el formulario 790.
mjusticia.gob.es, página «residencia»Texto oficial
El importe actual es de 104,05 eur.
mjusticia.gob.es, página «residencia»Texto oficial
Dicho importe puede ser objeto de revisión de conformidad con las Leyes de Presupuestos Generales del Estado vigentes.
sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
La presentación del formulario 790 es necesaria para realizar presencialmente el pago de la tasa administrativa asociada a su solicitud de nacionalidad española por residencia.
- Presente la solicitud y guarde el justificante. Muestra la fecha y la hora y un número de expediente que le permite consultar el estado en la sede electrónica.
Orden JUS/1625/2016, art. 2.4Texto oficial
un justificante de presentación con la fecha y hora de la solicitud y un número de expediente que le permitirá consultar el estado de tramitación en cualquier momento a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia
Notificaciones. Indique en el formulario si acepta recibir notificaciones electrónicas. Si no las acepta, se harán en papel. Comunique al Ministerio cualquier cambio de domicilio mientras el expediente esté abierto. Orden JUS/1625/2016, art. 9.1Texto oficial
En caso de que el interesado no haya aceptado voluntariamente recibir notificaciones electrónicas, éstas se realizarán en formato papel.
Orden JUS/1625/2016, art. 9.4Texto oficial
El interesado o su representante deberá comunicar cualquier cambio, o circunstancia que pueda afectar a la instrucción del expediente, así como los cambios de domicilio que se produzcan durante la tramitación del mismo.
5. Después de presentar: requerimientos, el plazo de un año y el silencio
Si falta algo, recibirá un requerimiento. Tiene tres meses desde su notificación para subsanarlo; si no lo hace, el expediente se archiva. Orden JUS/1625/2016, art. 7.3Texto oficial
Se concederá un plazo de subsanación de tres meses desde la notificación del requerimiento, para que se subsane la falta o se acompañen los documentos requeridos
Orden JUS/1625/2016, art. 7.3Texto oficial
de no efectuarse la subsanación en el plazo establecido se le tendrá por desistido de la pretensión, y se procederá al archivo del procedimiento por desistimiento tácito del solicitante
El plazo máximo para resolver es de un año desde que la solicitud entró en la Dirección General. Pasado ese plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas. Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.
Siga su expediente: el plazo de un año, qué significa cada paso y un modelo de reposición
Presentar en línea: el segundo apellido, Cl@ve y los 16 pasos del formulario del Ministerio
Responder a un requerimiento: sus tres meses, una carta y qué revisar
Denegada: las fechas del recurso y la carta de reposición
Qué efecto tiene ese silencio: solo permite interponer el recurso administrativo o contencioso-administrativo que proceda, y la Administración sigue obligada a resolver. Ley 39/2015, art. 24.2Texto oficial
La desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
Ley 39/2015, art. 24.3.bTexto oficial
En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio.
Código Civil, art. 22.5Texto oficial
La concesión o denegación de la nacionalidad por residencia deja a salvo la vía judicial contencioso-administrativa.
Cuándo acudir a un abogado
- Recibe una denegación.
- Ha pasado un año sin respuesta y no sabe qué recurso corresponde a su caso.
- Recibe un requerimiento para aportar un documento que no puede conseguir.
- Ha dejado pasar un plazo.
Son indicaciones generales, no una valoración de su caso. Un abogado debería confirmar qué le corresponde. CiviqPass no nombra ni recomienda a ningún abogado.
6. Tras la concesión: jura, renuncia e inscripción
La concesión solo tiene eficacia si usted hace ante el Registro Civil las manifestaciones exigidas en el plazo de ciento ochenta días contados a partir del día siguiente a la notificación. Real Decreto 1004/2015, art. 12.1Texto oficial
en el plazo de ciento ochenta días contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución al interesado o a su representante, se realicen ante el Encargado del Registro Civil las manifestaciones
- Jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
Código Civil, art. 23Texto oficial
Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
- Renuncia a la nacionalidad anterior. Quedan exentos de este requisito los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal y los sefardíes.
Código Civil, art. 23Texto oficial
Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad.
Orden JUS/1625/2016, art. 12.1Texto oficial
Quedan a salvo de este requisito los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal y los sefardíes.
- Inscripción. El Registro Civil de su domicilio inscribe la adquisición.
Real Decreto 1004/2015, art. 13.1Texto oficial
el Encargado del Registro Civil competente por razón del domicilio del interesado en España procederá a la inscripción de la adquisición de la nacionalidad española
- Lleve los originales. Si no consta que ya se hayan comprobado sus documentos, el Registro los coteja con los originales antes de inscribir.
Real Decreto 1004/2015, art. 12.2Texto oficial
Cuando no conste que se haya acreditado anteriormente la autenticidad de los documentos aportados por el interesado al expediente electrónico
Real Decreto 1004/2015, art. 12.2Texto oficial
los cotejará con sus respectivos originales, que deberá exhibir el interesado antes de que el Encargado proceda a la inscripción registral.
Reloj del expediente: sus fechas, calculadas
Escriba una fecha que ya tenga y lea la fecha a la que conduce, con la norma oficial al lado. No se guarda ni se envía nada: el cálculo se hace en su navegador. Puede añadir la fecha a su calendario con un recordatorio.
sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
Dispone de dos meses desde la fecha de creación para completar su solicitud, si pasado ese plazo no ha firmado y presentado su solicitud, se borrará de manera automática.Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.Orden JUS/1625/2016, art. 7.3Texto oficial
Se concederá un plazo de subsanación de tres meses desde la notificación del requerimiento, para que se subsane la falta o se acompañen los documentos requeridosReal Decreto 1004/2015, art. 12.1Texto oficial
en el plazo de ciento ochenta días contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución al interesado o a su representante, se realicen ante el Encargado del Registro Civil las manifestacionesOrden JUS/1625/2016, art. 10.4Texto oficial
La vigencia del certificado CCSE de haber superado esta prueba será de 4 años a contar desde la fecha del certificado.Orden JUS/1625/2016, anexo, 4. Validez de los documentosTexto oficial
En el caso de certificados de antecedentes penales en los que no conste plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de seis meses a contar desde su expedición.Cómo contamos
Los meses y los años terminan el mismo día del mes, o el último día del mes si no existe ese día; empiezan a contar el día siguiente a la fecha que usted indica. Un plazo que termina en fin de semana pasa al primer día hábil siguiente. La vigencia de un documento no se traslada: la fecha indicada es el último día en que sigue vigente, aunque sea fin de semana. Los días son hábiles salvo que una ley diga otra cosa. Ley 39/2015, art. 30.4Texto oficial
éstos se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate
Ley 39/2015, art. 30.4Texto oficial
o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
Ley 39/2015, art. 30.2Texto oficial
Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles
Ley 39/2015, art. 30.2Texto oficial
excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Ley 39/2015, art. 30.4Texto oficial
El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento.
Ley 39/2015, art. 30.4Texto oficial
Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Ley 39/2015, art. 30.5Texto oficial
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
¿Dónde está mi expediente? Con su número de expediente, consúltelo en la sede electrónica: Ministerio de Justicia: nacionalidad por residencia
CiviqPass es un servicio privado. No tiene relación con el Gobierno de España. Lista elaborada a partir de los textos enlazados junto a cada línea; las tasas y los plazos cambian, así que confírmelos en la página oficial.