¿Dónde está mi expediente de nacionalidad española?
36 líneas oficiales citadas, cada una con su fuente. Comprobado el 20 de octubre de 2026. Consulte la página oficial: sede.mjusticia.gob.es/tramites/como.
- Ley 39/2015: 17 líneas
- Real Decreto 1004/2015: 9 líneas
- Orden JUS/1625/2016: 6 líneas
- DEHú: 2 líneas
- Sede electrónica de Justicia: 1 línea
- STC 52/2014: 1 línea
1. Siga su expediente
El justificante de presentación indica la fecha y la hora de la solicitud y el número de expediente.
Solo sirve para rellenar el modelo de más abajo. No sale de esta página.
Escriba la fecha de su justificante de presentación y elija en qué punto está su expediente. El seguimiento suma a sus fechas los plazos que nombran los textos. No lee su expediente en la web del Ministerio, no dice que una fecha sea segura y no guarda nada salvo que marque la casilla de abajo o pida el aviso mensual por correo más abajo. La fecha de hoy se toma de su dispositivo.
Presentada, sin novedades
Los textos dan al Ministerio un año desde la entrada de su solicitud para resolver y notificar. Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Usted tiene derecho a conocer el estado de su expediente en cualquier momento. Ley 39/2015, art. 53.1.aTexto oficial
A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados;
Un escrito para pedir al Ministerio el estado de su expediente
¿Dónde está mi expediente? Las vías oficiales para consultarlo
Un requerimiento para subsanar o aportar documentos
Si la solicitud o sus documentos no reúnen los requisitos necesarios para la nacionalidad por residencia, el Reglamento dice que se requiere al interesado para que subsane la falta o aporte documentos. Real Decreto 1004/2015, art. 10.1Texto oficial
para que subsane la falta o acompañe, telemática o físicamente, para su cotejo los documentos que procedan.
Si no se subsana en el plazo de tres meses desde que se le notificó el requerimiento, se tiene al interesado por desistido, lo que se acuerda mediante resolución. Real Decreto 1004/2015, art. 10.2Texto oficial
no se produzca la subsanación por el interesado en el plazo de tres meses desde que se le notificó el requerimiento, se le tendrá por desistido en su petición, lo que se acordará mediante la correspondiente resolución
Orden JUS/1625/2016, art. 7.3Texto oficial
de no efectuarse la subsanación en el plazo establecido se le tendrá por desistido de la pretensión, y se procederá al archivo del procedimiento por desistimiento tácito del solicitante
Por vía electrónica, la notificación se entiende practicada cuando usted accede a ella. Ley 39/2015, art. 43.2Texto oficial
Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido.
Ley 39/2015, art. 43.2Texto oficial
Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado,
Ley 39/2015, art. 43.2Texto oficial
se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Acceso a notificaciones de nacionalidad a través de la DEHú (Ministerio de Justicia), trípticoTexto oficial
Notificaciones realizadas: son aquellas a las que ya ha accedido o que ya han superado el plazo máximo de 10 días naturales desde su puesta a disposición, y por tanto se consideran como realizadas.
Puede aportar documentos a un expediente ya iniciado en la sede electrónica. sede.mjusticia.gob.es, página del trámiteTexto oficial
Puede aportar documentación adicional a su Expediente de Nacionalidad por Residencia ya iniciado en Sede Electrónica
Una propuesta de resolución
La Dirección General elabora una propuesta de concesión o denegación y la eleva al Ministro de Justicia. Real Decreto 1004/2015, art. 11.1Texto oficial
elaborará la correspondiente propuesta de resolución de concesión o denegación de la solicitud de nacionalidad para su elevación al Ministro de Justicia.
El Ministro resuelve a la vista de esa propuesta. Real Decreto 1004/2015, art. 11.2Texto oficial
El Ministro de Justicia resolverá a la vista de la mencionada propuesta
La propuesta es un paso previo a la decisión. El artículo del Reglamento que hemos leído no da ningún plazo para este paso, aparte del año para todo el procedimiento.
Una notificación pendiente de abrir
En el folleto del Ministerio, una notificación pendiente es la que usted aún no ha abierto, dentro de los diez días naturales desde que se pone a su disposición. Acceso a notificaciones de nacionalidad a través de la DEHú (Ministerio de Justicia), trípticoTexto oficial
Notificaciones pendientes: son aquellas notificaciones a las que aún no ha accedido y se encuentran dentro del periodo de 10 días naturales desde que se pone a su disposición.
Si la notificación electrónica es obligatoria para usted o la eligió expresamente, una notificación sin abrir se entiende rechazada pasados diez días naturales. Ley 39/2015, art. 43.2Texto oficial
Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado,
Ley 39/2015, art. 43.2Texto oficial
se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Acceso a notificaciones de nacionalidad a través de la DEHú (Ministerio de Justicia), trípticoTexto oficial
Notificaciones realizadas: son aquellas a las que ya ha accedido o que ya han superado el plazo máximo de 10 días naturales desde su puesta a disposición, y por tanto se consideran como realizadas.
La notificación de una resolución indica los recursos que procedan, el plazo y el órgano. Real Decreto 1004/2015, art. 11.4Texto oficial
La notificación se realizará con expresión, en su caso, de los recursos que sean procedentes, plazo y órgano para su interposición
Una resolución de concesión de la nacionalidad
La concesión no es el último paso. El Reglamento supedita su eficacia a que se hagan las manifestaciones ante el Registro Civil en el plazo de ciento ochenta días a contar desde el día siguiente a la notificación. Real Decreto 1004/2015, art. 12.1Texto oficial
en el plazo de ciento ochenta días contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución al interesado o a su representante, se realicen ante el Encargado del Registro Civil las manifestaciones
Esta página no da ninguna fecha para ello.
Una resolución que deniega la solicitud
Contra la denegación, el Reglamento permite un recurso de reposición según las normas generales. Real Decreto 1004/2015, art. 14.1Texto oficial
En caso de denegación de la solicitud de nacionalidad, podrá interponerse recurso de reposición en los términos y plazos previstos en las normas generales de procedimiento administrativo común.
Orden JUS/1625/2016, art. 13.1Texto oficial
Frente a la resolución de concesión o denegación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
El plazo del recurso de reposición es de un mes si el acto es expreso. Ley 39/2015, art. 124.1Texto oficial
El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso.
Orden JUS/1625/2016, art. 13.2Texto oficial
El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación.
La notificación de una resolución indica los recursos que procedan, el plazo y el órgano. Real Decreto 1004/2015, art. 11.4Texto oficial
La notificación se realizará con expresión, en su caso, de los recursos que sean procedentes, plazo y órgano para su interposición
Contra la resolución de un recurso de reposición no puede interponerse de nuevo dicho recurso. Ley 39/2015, art. 124.3Texto oficial
Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
Tras una denegación los plazos son cortos. Pida a un abogado que los compruebe para su expediente.
Un recurso de reposición interpuesto
La Administración tiene un mes para resolverlo y notificárselo. Ley 39/2015, art. 124.2Texto oficial
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
Si pasa un mes sin notificación, el recurso se entiende desestimado por silencio y se abre la vía contencioso-administrativa. Orden JUS/1625/2016, art. 13.1Texto oficial
Si interpuesto recurso de reposición transcurriese un mes sin que se haya notificado la resolución del mismo, se entenderá desestimado el recurso por silencio administrativo y podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
No se puede acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que el recurso se resuelva expresamente o se produzca su desestimación presunta. Ley 39/2015, art. 123.2Texto oficial
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Más de un año, sin resolución
Pasado el año sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas. Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.
Ese silencio solo permite interponer recurso, y la Administración sigue obligada a resolver. Ley 39/2015, art. 24.2Texto oficial
La desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
Ley 39/2015, art. 24.3.bTexto oficial
En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio.
El modelo de recurso de reposición está en el apartado 4.
Una palabra o un mensaje que no está en esta lista
Ninguna de las páginas del Ministerio que hemos leído enumera las palabras de estado que puede mostrar un expediente de nacionalidad ni las explica, así que esta página no convierte una palabra en una promesa.
La ley le da derecho a conocer el estado del procedimiento, el órgano que lo tramita y resuelve y los actos de trámite dictados. Ley 39/2015, art. 53.1.aTexto oficial
A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados;
Ley 39/2015, art. 53.1.aTexto oficial
el órgano competente para su instrucción, en su caso, y resolución; y los actos de trámite dictados.
Si una palabra no le queda clara, el escrito de la página del expediente sin respuesta pide al Ministerio el estado, el órgano y los actos.
Un escrito para pedir al Ministerio el estado de su expediente
Escriba la fecha de su justificante de presentación. El seguimiento muestra cuándo termina el plazo de un año, explica cada paso del expediente en lenguaje claro junto a la línea oficial y ofrece un modelo de recurso de reposición para el caso de un año sin resolución. Es gratis. Esta página no le dice qué hacer en su caso.
CiviqPass es un servicio independiente. No está vinculado al Ministerio de Justicia.
- Siga su expediente
- En resumen
- Qué fecha inicia el año
- El año y el silencio
- Modelo de reposición
- Cuándo acudir a un abogado
En resumen
Lo que hace esta página, en tres líneas
- Escriba la fecha de su justificante de presentación: el seguimiento muestra cuándo termina el plazo de un año y qué dicen los textos después.
- Elija en qué paso está su expediente: cada paso se explica en lenguaje claro, con la línea oficial al lado.
- Pasado el año, los textos tratan la solicitud como desestimada y permiten un recurso de reposición: el modelo está en el apartado 4. No le decimos qué vía le conviene.
Ninguna página oficial que hayamos leído enumera las palabras de estado que muestra un expediente de nacionalidad. Los pasos de abajo son los que nombran el Reglamento, la Ley 39/2015 y el folleto del Ministerio, no una traducción de la pantalla de la sede.
2. ¿Qué fecha inicia el año?
Dos textos nombran el inicio con palabras distintas y ningún texto que hayamos encontrado dice si dan la misma fecha. El Reglamento cuenta desde la entrada de la solicitud en la Dirección General. Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
El procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.
La regla general de la Ley 39/2015 para los procedimientos iniciados a solicitud del interesado cuenta desde la fecha en que la solicitud entró en el registro electrónico del organismo competente. Ley 39/2015, art. 21.3.bTexto oficial
En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.
Si presentó la solicitud por la sede, el justificante da la fecha y la hora de la solicitud y un número de expediente. Orden JUS/1625/2016, art. 2.4Texto oficial
un justificante de presentación con la fecha y hora de la solicitud y un número de expediente que le permitirá consultar el estado de tramitación en cualquier momento a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia
Ningún texto que hayamos encontrado dice qué fecha usa el Ministerio para su expediente. Para saberlo, pregúnteselo: el escrito de la página del expediente sin respuesta pide el estado del expediente y los actos dictados.
Un escrito para pedir al Ministerio el estado de su expediente
3. Qué significan el año y el silencio
Pasado el año sin resolución expresa, el Reglamento entiende desestimada la solicitud. Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.
El silencio solo permite interponer recurso. La Administración sigue obligada a resolver y su resolución posterior no queda vinculada al sentido del silencio. Ley 39/2015, art. 24.2Texto oficial
La desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
Ley 39/2015, art. 24.3.bTexto oficial
En los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio.
Un plazo en años o en meses termina el mismo día del mes, y un final en día inhábil se traslada al primer día hábil siguiente. Ley 39/2015, art. 30.4Texto oficial
El plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento.
Ley 39/2015, art. 30.5Texto oficial
Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Ley 39/2015, art. 30.2Texto oficial
excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Usted tiene derecho a conocer el estado de su expediente en cualquier momento. Ley 39/2015, art. 53.1.aTexto oficial
A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados;
4. Pasado un año: el modelo de recurso de reposición
Pasado el año sin resolución expresa, el Reglamento entiende desestimada la solicitud. Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficial
Transcurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.
Real Decreto 1004/2015, art. 14.1Texto oficial
En caso de denegación de la solicitud de nacionalidad, podrá interponerse recurso de reposición en los términos y plazos previstos en las normas generales de procedimiento administrativo común.
El recurso es potestativo: la vía contencioso-administrativa es la alternativa directa. Ley 39/2015, art. 123.1Texto oficial
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Ley 39/2015, art. 124.1Texto oficial
Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
La Administración tiene entonces un mes para resolverlo. Ley 39/2015, art. 124.2Texto oficial
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
Ley 39/2015, art. 123.2Texto oficial
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
El modelo de abajo está en español, el idioma del expediente. El seguimiento rellena la fecha de presentación y el número de expediente que escribió arriba. Usted completa el resto: sustituya cada [CORCHETE] y borre cualquier frase que no sea cierta en su caso. Es la versión de reposición del escrito de la página del expediente sin respuesta.
Al Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Asunto: recurso potestativo de reposición contra la desestimación presunta de la solicitud de nacionalidad española por residencia, expediente n.º [NÚMERO DE EXPEDIENTE]
D./D.ª [NOMBRE Y APELLIDOS], con [PASAPORTE O NIE] n.º [NÚMERO], y a efectos de notificaciones [DIRECCIÓN POSTAL O CORREO ELECTRÓNICO],
EXPONE:
Primero. Que el [FECHA DE PRESENTACIÓN] presentó una solicitud de nacionalidad española por residencia, a la que corresponde el expediente n.º [NÚMERO DE EXPEDIENTE].
Segundo. Que el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015 fija en un año el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento y que, transcurrido ese plazo sin resolución expresa, se entienden desestimadas las solicitudes. A la fecha de este escrito no se le ha notificado resolución expresa.
Tercero. Que el artículo 14.1 del mismo Real Decreto permite el recurso de reposición en caso de denegación de la solicitud; que el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, lo configura como potestativo; que el artículo 124.1 permite interponerlo, si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto; y que, según el artículo 24.2, la desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
SOLICITA:
Que se tenga por interpuesto recurso potestativo de reposición contra la desestimación presunta de su solicitud, que se admita a trámite y que se dicte resolución expresa.
En [LUGAR], a [FECHA].
Firma: [NOMBRE Y APELLIDOS]CiviqPass no guarda ni envía lo que usted copia. Este modelo es información, no un servicio de presentación. Que lo revise un abogado o la oficina de registro antes de enviarlo, y use un canal que admita la sede electrónica o un registro administrativo.
Lo que este modelo no es. No elige su vía. La vía contencioso-administrativa también está abierta, y los textos dan para ella un plazo de seis meses desde el día siguiente a la desestimación presunta. Orden JUS/1625/2016, art. 13.2Texto oficial
Si no hubiera notificación, el plazo para recurrir será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
Sentencia del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril (Pleno), fundamento jurídico 5, FJ 5Texto oficial
En otras palabras, se puede entender que, a la luz de la reforma de 1999 de la Ley 30/1992, la impugnación jurisdiccional de las desestimaciones por silencio no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el art. 46.1 LJCA.
5. Cuándo acudir a un abogado
Cuándo acudir a un abogado
- Ha recibido una denegación.
- Ha pasado un año y no sabe si interponer un recurso de reposición o acudir a la vía judicial.
- Una fecha de esta página está cerca o ya pasó.
- La respuesta sobre su expediente contradice sus documentos.
Son indicaciones generales, no una valoración de su caso. Un abogado debe confirmar qué le corresponde. CiviqPass no nombra ni recomienda a ningún abogado.
El expediente de nacionalidad, paso a paso
Su expediente sin respuesta tras un año: los textos
Presentar en línea: el segundo apellido, Cl@ve y los 16 pasos del formulario del Ministerio
Explicación redactada con IA a partir de la fuente oficial citada en esta página.
CiviqPass es un servicio privado. No está vinculado al Gobierno de España. Elaborado con los textos enlazados junto a cada línea; las normas y los plazos cambian, confirme en la página oficial.