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¿Dónde está mi expediente de nacionalidad española?

36 líneas oficiales citadas, cada una con su fuente. Comprobado el 20 de octubre de 2026. Consulte la página oficial: sede.mjusticia.gob.es/tramites/como.

1. Siga su expediente

El justificante de presentación indica la fecha y la hora de la solicitud y el número de expediente.

Solo sirve para rellenar el modelo de más abajo. No sale de esta página.

Escriba la fecha de su justificante de presentación y elija en qué punto está su expediente. El seguimiento suma a sus fechas los plazos que nombran los textos. No lee su expediente en la web del Ministerio, no dice que una fecha sea segura y no guarda nada salvo que marque la casilla de abajo o pida el aviso mensual por correo más abajo. La fecha de hoy se toma de su dispositivo.

Escriba la fecha de su justificante de presentación. El seguimiento muestra cuándo termina el plazo de un año, explica cada paso del expediente en lenguaje claro junto a la línea oficial y ofrece un modelo de recurso de reposición para el caso de un año sin resolución. Es gratis. Esta página no le dice qué hacer en su caso.

CiviqPass es un servicio independiente. No está vinculado al Ministerio de Justicia.

En resumen

Lo que hace esta página, en tres líneas

  • Escriba la fecha de su justificante de presentación: el seguimiento muestra cuándo termina el plazo de un año y qué dicen los textos después.
  • Elija en qué paso está su expediente: cada paso se explica en lenguaje claro, con la línea oficial al lado.
  • Pasado el año, los textos tratan la solicitud como desestimada y permiten un recurso de reposición: el modelo está en el apartado 4. No le decimos qué vía le conviene.

Ninguna página oficial que hayamos leído enumera las palabras de estado que muestra un expediente de nacionalidad. Los pasos de abajo son los que nombran el Reglamento, la Ley 39/2015 y el folleto del Ministerio, no una traducción de la pantalla de la sede.

2. ¿Qué fecha inicia el año?

Dos textos nombran el inicio con palabras distintas y ningún texto que hayamos encontrado dice si dan la misma fecha. El Reglamento cuenta desde la entrada de la solicitud en la Dirección General.

Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficialEl procedimiento deberá ser resuelto y notificado en el plazo máximo de un año desde de que la solicitud haya tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado.

La regla general de la Ley 39/2015 para los procedimientos iniciados a solicitud del interesado cuenta desde la fecha en que la solicitud entró en el registro electrónico del organismo competente.

Ley 39/2015, art. 21.3.bTexto oficialEn los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.

Si presentó la solicitud por la sede, el justificante da la fecha y la hora de la solicitud y un número de expediente.

Orden JUS/1625/2016, art. 2.4Texto oficialun justificante de presentación con la fecha y hora de la solicitud y un número de expediente que le permitirá consultar el estado de tramitación en cualquier momento a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia
El seguimiento usa la fecha que usted escribe. Si la fecha en que la solicitud entró en la Dirección General es otra, el año termina otro día.

Ningún texto que hayamos encontrado dice qué fecha usa el Ministerio para su expediente. Para saberlo, pregúnteselo: el escrito de la página del expediente sin respuesta pide el estado del expediente y los actos dictados.

Un escrito para pedir al Ministerio el estado de su expediente

3. Qué significan el año y el silencio

Pasado el año sin resolución expresa, el Reglamento entiende desestimada la solicitud.

Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficialTranscurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.

El silencio solo permite interponer recurso. La Administración sigue obligada a resolver y su resolución posterior no queda vinculada al sentido del silencio.

Ley 39/2015, art. 24.2Texto oficialLa desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
Ley 39/2015, art. 24.3.bTexto oficialEn los casos de desestimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará por la Administración sin vinculación alguna al sentido del silencio.

Un plazo en años o en meses termina el mismo día del mes, y un final en día inhábil se traslada al primer día hábil siguiente.

Ley 39/2015, art. 30.4Texto oficialEl plazo concluirá el mismo día en que se produjo la notificación, publicación o silencio administrativo en el mes o el año de vencimiento.
Ley 39/2015, art. 30.5Texto oficialCuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Ley 39/2015, art. 30.2Texto oficialexcluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
Los textos no dicen si esto se aplica al plazo de un año de la Administración; el seguimiento muestra la fecha trasladada junto a la fecha misma. No conoce los días festivos.

Usted tiene derecho a conocer el estado de su expediente en cualquier momento.

Ley 39/2015, art. 53.1.aTexto oficialA conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados;

4. Pasado un año: el modelo de recurso de reposición

Pasado el año sin resolución expresa, el Reglamento entiende desestimada la solicitud.

Real Decreto 1004/2015, art. 11.3Texto oficialTranscurrido el plazo aludido sin que haya recaído resolución expresa, se entenderán desestimadas las solicitudes formuladas por los interesados.
El Reglamento permite un recurso de reposición en caso de denegación.
Real Decreto 1004/2015, art. 14.1Texto oficialEn caso de denegación de la solicitud de nacionalidad, podrá interponerse recurso de reposición en los términos y plazos previstos en las normas generales de procedimiento administrativo común.

El recurso es potestativo: la vía contencioso-administrativa es la alternativa directa.

Ley 39/2015, art. 123.1Texto oficialLos actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Si el acto no es expreso, puede interponerse en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Ley 39/2015, art. 124.1Texto oficialSi el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

La Administración tiene entonces un mes para resolverlo.

Ley 39/2015, art. 124.2Texto oficialEl plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
No se puede acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que se resuelva expresamente o se produzca su desestimación presunta.
Ley 39/2015, art. 123.2Texto oficialNo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

El modelo de abajo está en español, el idioma del expediente. El seguimiento rellena la fecha de presentación y el número de expediente que escribió arriba. Usted completa el resto: sustituya cada [CORCHETE] y borre cualquier frase que no sea cierta en su caso. Es la versión de reposición del escrito de la página del expediente sin respuesta.

Al Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública

Asunto: recurso potestativo de reposición contra la desestimación presunta de la solicitud de nacionalidad española por residencia, expediente n.º [NÚMERO DE EXPEDIENTE]

D./D.ª [NOMBRE Y APELLIDOS], con [PASAPORTE O NIE] n.º [NÚMERO], y a efectos de notificaciones [DIRECCIÓN POSTAL O CORREO ELECTRÓNICO],

EXPONE:
Primero. Que el [FECHA DE PRESENTACIÓN] presentó una solicitud de nacionalidad española por residencia, a la que corresponde el expediente n.º [NÚMERO DE EXPEDIENTE].
Segundo. Que el artículo 11.3 del Real Decreto 1004/2015 fija en un año el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento y que, transcurrido ese plazo sin resolución expresa, se entienden desestimadas las solicitudes. A la fecha de este escrito no se le ha notificado resolución expresa.
Tercero. Que el artículo 14.1 del mismo Real Decreto permite el recurso de reposición en caso de denegación de la solicitud; que el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, lo configura como potestativo; que el artículo 124.1 permite interponerlo, si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto; y que, según el artículo 24.2, la desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.

SOLICITA:
Que se tenga por interpuesto recurso potestativo de reposición contra la desestimación presunta de su solicitud, que se admita a trámite y que se dicte resolución expresa.

En [LUGAR], a [FECHA].
Firma: [NOMBRE Y APELLIDOS]

CiviqPass no guarda ni envía lo que usted copia. Este modelo es información, no un servicio de presentación. Que lo revise un abogado o la oficina de registro antes de enviarlo, y use un canal que admita la sede electrónica o un registro administrativo.

Lo que este modelo no es. No elige su vía. La vía contencioso-administrativa también está abierta, y los textos dan para ella un plazo de seis meses desde el día siguiente a la desestimación presunta.

Orden JUS/1625/2016, art. 13.2Texto oficialSi no hubiera notificación, el plazo para recurrir será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
El Tribunal Constitucional escribió en su sentencia 52/2014 que, a la luz de la reforma de 1999 de la Ley 30/1992, se puede entender que la impugnación jurisdiccional de las desestimaciones por silencio no está sujeta al plazo de caducidad del artículo 46.1 de la LJCA.
Sentencia del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril (Pleno), fundamento jurídico 5, FJ 5Texto oficialEn otras palabras, se puede entender que, a la luz de la reforma de 1999 de la Ley 30/1992, la impugnación jurisdiccional de las desestimaciones por silencio no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el art. 46.1 LJCA.
Estas dos líneas no dicen lo mismo y no decimos cuál cuenta en su caso: pregunte a un abogado. El seguimiento no calcula ninguna fecha para la vía judicial: pida a un abogado que la cuente. Si un plazo ha corrido en su caso, y si le conviene un recurso de reposición o la vía judicial, son cuestiones jurídicas. Consulte a un abogado antes de presentar nada.

5. Cuándo acudir a un abogado

Cuándo acudir a un abogado

  • Ha recibido una denegación.
  • Ha pasado un año y no sabe si interponer un recurso de reposición o acudir a la vía judicial.
  • Una fecha de esta página está cerca o ya pasó.
  • La respuesta sobre su expediente contradice sus documentos.

Son indicaciones generales, no una valoración de su caso. Un abogado debe confirmar qué le corresponde. CiviqPass no nombra ni recomienda a ningún abogado.

El expediente de nacionalidad, paso a paso

Su expediente sin respuesta tras un año: los textos

Presentar en línea: el segundo apellido, Cl@ve y los 16 pasos del formulario del Ministerio

Explicación redactada con IA a partir de la fuente oficial citada en esta página.

CiviqPass es un servicio privado. No está vinculado al Gobierno de España. Elaborado con los textos enlazados junto a cada línea; las normas y los plazos cambian, confirme en la página oficial.